viernes, 13 de marzo de 2020

Naturaleza Jurídica de las Entidades Federativas

Es importante saber que cada Estado cuenta con sus tres Poderes Políticos, lo cual se abordara en el blog a continuación:

La naturaleza Jurídica de las Entidades Federativas se afianza en el artículo 40 de nuestra Carta Magna, la cual que establece que:
“Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.”

Por lo tanto surge la División de Poderes con el fin de garantizar que nadie ostente un poder absoluto y que la protección de los derechos fundamentales exista, y así poder vigilar que se den los elementos de protección necesaria en todos los 3 niveles: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Si bien cada Estado es soberano dentro de su competencia con sus propias leyes y normas, debemos tener en cuenta que éstas no tienen o cuentan con supremacía ante la Constitución.
Aunque bien podrían ser recurrentes debido a los convenios de coordinación que existen, para hacer mejor uso de los recursos públicos



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